Introducción

Los recursos bentónicos son animales invertebrados acuáticos susceptibles de ser aprovechados por el ser humano. Pertenecen a la comunidad ecológica denominada “bentos”, que está conformada por los organismos que viven encima, ligados o insertos en los sustratos de fondo de los ecosistemas acuáticos. Las principales poblaciones de recursos bentónicos marinos en el país han logrado ser identificadas casi en su totalidad, a lo largo del litoral peruano, por el Instituto del Mar del Perú (Imarpe).

Los bentónicos más importantes que son objeto de extracción en el país son las macroalgas (cochayuyo, aracanto, sargazo, pelillo, entre otros), así como varias especies de invertebrados (choro, concha de abanico, pulpo, erizo, concha negra, varias especies de cangrejos y langostinos, entre otros). A causa de su importante demanda comercial, ya sea nacional o extranjera, dichos recursos, con frecuencia, han soportado niveles de esfuerzo pesquero de sobreexplotación, y presentan actualmente un estado poblacional muy delicado.

En el litoral peruano, aproximadamente 7 mil personas se dedican a la extracción de recursos bentónicos. Hasta la publicación de este informe, cualquier persona con un permiso de pesca vigente puede extraer invertebrados bentónicos del mar peruano, limitándose a cumplir con las tallas mínimas y vedas. Esto deviene en una gran competencia por los recursos, lo cual lleva, generalmente, a su sobreexplotación. En este escenario podemos destacar tres grupos de pescadores dedicados a la extracción de recursos bentónicos: recolectores de orilla, buzos pulmoneros embarcados y no embarcados y buzos con compresora embarcados. En el caso de estos últimos, se requiere contar con una patente de buzo otorgada por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi).

Es importante mencionar que son pocos los buzos —dedicados a la extracción de recursos bentónicos— que cuentan con una patente de buzo otorgada por la Dicapi y que, en general, cumplen con los requerimientos de salud y seguridad en su labor. Ello se debe a los costos y a la falta de escuelas que dicten los cursos obligatorios para obtener dicha patente en diferentes lugares del litoral peruano.

Algunas características principales de las pesquerías extractivas de recursos bentónicos han sido destacadas por Caillaux (2019):

  • Es principalmente artesanal (hay pesquerías de “centollas” de menor escala).
  • Es multiespecífica (cada faena generalmente se dirige a más de un recurso), heterogénea (se emplean varios artes y métodos de pesca) y se desarrolla a lo largo de toda la costa.
  • Ocurre principalmente dentro de las primeras 5 mn de distancia de la costa, o alrededor de islas, hasta la isóbata de 40 m.
  • Es fuente de empleo de 7 000 pescadores artesanales, aproximadamente.
  • Entre sus principales métodos de extracción destacan los siguientes grupos de pescadores: buzos pulmoneros, buzos con compresora (Hooka), extractores de orilla, extractores de manglar y extractores que emplean nasas para cangrejos y centollas.

Tallas mínimas y vedas para los invertebrados bentónicos

A continuación, observaremos las tallas mínimas y vedas establecidas para los invertebrados marinos bentónicos:

En el caso de la concha de abanico, además de tener presente su talla mínima y veda, se prohíbe, en todo el ámbito nacional, el traslado de ejemplares obtenidos por recolección o extracción con fines de uso como semilla para actividades de poblamiento, repoblamiento o confinamiento. En este escenario, también se toma en cuenta si la falta se realizó fuera, dentro o en otras ubicaciones respecto del banco natural de origen (Resolución Ministerial 457-2008-PRODUCEPuedes consultar la resolución completa dándole click aquí.). De esto último, se exceptúa a las semillas procedentes de áreas de Bahía de Sechura que están monitoreadas por el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes), siempre y cuando no se trasladen hacia bancos naturales de Isla Lobos de Tierra, Bahía Independencia, Bahía Laguna Grande, Bahía Lagunillas y al sur del paralelo 16°00’00’’ LS (Resolución Ministerial 835-2008-PRODUCEPuedes consultar la resolución completa dándole click aquí).

La respuesta de los pescadores: autogestión y cogestión de los recursos bentónicos en el Perú

Ante la falta de ordenamiento, algunos grupos de pescadores dedicados a la extracción de recursos bentónicos ya vienen implementando mecanismos de autogestión. Uno de estos es el establecimiento de “controles de entrada” sobre todo, para así evitar el deterioro de los recursos. Con este mecanismo, se mide y regula el tamaño y esfuerzo pesquero, que puede ser expresado en limitar el número de días dentro del mar en los que se permite la extracción, prohibir ciertos artes y métodos de pesca no selectivos, imponer límites máximos de captura por salida o por temporada (“topes”), entre otros (Nakandakari, 2016).

Cabe apuntar que la autogestión implica esfuerzos voluntarios por parte de los socios de un grupo de pescadores. Ellos buscan alcanzar objetivos comunes, sobre todo cuando se afronta problemas o si hay que aprovechar oportunidades que podrían afectar o beneficiar a todos (Moreno y Revenga, 2014).

Nakandakari (2016) realizó un estudio a lo largo del litoral peruano para identificar y entender las experiencias de autogestión en pesquerías costeras. De los 18 casos estudiados, diez involucran recursos bentónicos. A partir de los hallazgos de dicho estudio, podemos concluir lo siguiente:

  • En la mayoría de los casos, con excepción de los de Ilo y Morro Sama, las medidas de autogestión nacieron a partir de una necesidad de los pescadores artesanales de afrontar el deterioro y agotamiento de los recursos pesqueros, ya que estos últimos representaban la generación de beneficios económicos en la zona. Es decir, los propios pescadores artesanales se dieron cuenta de que, si no se ordenaban para manejar el recurso de manera responsable, este se iba a agotar.
  • El caso de cogestión estudiado en el Santuario Nacional de los Manglares de Tumbes representa un claro ejemplo de lo beneficioso que puede resultar la formación de sinergias entre Estado, Gobierno Regional —el de Tumbes, en este caso— y las asociaciones de pescadores. Cabe resaltar que la intervención del Estado en el control y fiscalización de las medidas de manejo le da fuerza legal al cumplimiento de las mismas por parte de los pescadores de la zona.
  • El otorgamiento de exclusividad para pescar en un área determinada facilita el establecimiento de medidas de manejo pesquero:
    – En el Santuario Nacional de los Manglares de Tumbes, al ser un área natural protegida por el Estado, solo se permite pescar a dos generaciones de pescadores que ya ejercían la actividad antes de la creación del área protegida. Esta exclusividad ha permitido que haya una mayor motivación para regular la extracción de recursos.
    – En San Juan de Marcona (Ica), como veremos más adelante, el Programa Piloto Demostrativo para la Recuperación de Ecosistemas Acuáticos y Uso Sostenible de su Biodiversidad (PPD) le dio exclusividad a la Comunidad Pesquera Artesanal de Marcona (Copmar) sobre el acceso a los recursos, así como respaldo legal para las medidas posteriores de manejo pesquero. De esta manera, se asegura la sostenibilidad de los recursos.
  • Todos los casos investigados demuestran que los pescadores actúan de manera más eficaz a través de sus organizaciones y sindicatos. Esto se da no solo porque pueden apoyarse mutuamente en controlar y fiscalizar que las medidas establecidas se cumplan, sino también por el consenso social, que resulta esencial cuando no se cuenta con mecanismos legales.
  • Los casos de Ilo y Morro Sama demuestran cómo el instaurar medidas de manejo y gestión pesqueras puede influir en los precios de venta de los recursos, al mismo tiempo que mejoran las condiciones de comercialización de los pescadores artesanales.
  • Los casos más efectivos de gestión pesquera, como el del Santuario Nacional de los Manglares de Tumbes y el del PPD de San Juan de Marcona, conjugan la determinación de un área específica para extraer recursos bentónicos y la exclusividad de uso de tales recursos por parte de un grupo de pescadores dentro de dicha área, además del uso articulado de estas dos reglas con regulaciones formales de esfuerzo y captura.
  • Es necesario implementar un marco legal que promueva el manejo sostenible y responsable de las pesquerías de recursos bentónicos en el Perú y que se refuercen los incentivos para que los pescadores artesanales cumplan las medidas de ordenamiento pesquero.

San Juan de Marcona: El programa para la recuperación y preservación de sus ecosistemas acuáticos y biodiversidad

San Juan de Marcona es un distrito de tradición pesquera que está ubicado en la provincia de Nazca, al sur de la región Ica. La caleta de la localidad se hizo conocida por la extracción de recursos bentónicos (mariscos), entre los que destacan el erizo rojo, la lapa, el chanque y el pulpo, y la colecta de macroalgas de los géneros Lessonia y Macrocystis.

A pesar de las bondades del mar sureño, Marcona tenía una problemática latente: la explotación desmedida de dichos recursos por parte de empresas y pescadores de la zona. Esta depredación trajo como consecuencia que, a finales de los años noventa, los stocks de los bentónicos estuvieran a punto de extinguirse. Ante esta situación, los pescadores artesanales decidieron organizarse mediante un gremio, al que nombraron Comunidad de Pescadores Artesanales de San Juan de Marcona (Copmar).

En el año 2002, los miembros de la Copmar elaboraron un proyecto para recuperar ecosistemas acuáticos y hacer sostenible el uso de su biodiversidad. Para analizar el programa, se creó una comisión gubernamental, que estuvo encargada de evaluar y comprobar la viabilidad del plan. Es así que, tras sesiones de trabajo, y mediante el Decreto Supremo 009-2005-PRODUCEPuedes consultar el decreto completo dándole click aquí., se aprobó el Programa Piloto Demostrativo para la Recuperación de Ecosistemas Acuáticos y Uso Sostenible de su Biodiversidad (PPD).

El área abarcada en el proyecto es de 2 000 ha y tiene como finalidad hacer de la pesca artesanal del distrito de San Juan de Marcona una alternativa sostenible desde el punto de vista socioeconómico y ecológico, capaz de conservar los recursos pesqueros en su zona de influencia. Asimismo, se contempla proteger el ambiente, pues esta medida genera empleo, ingresos y servicios estables, además de incrementar la calidad de vida de los pescadores artesanales organizados del distrito de San Juan de Marcona.

Luego, mediante el Decreto Supremo 010-2005-PRODUCE, se encargó la ejecución del PPD a la Copmar. Esto significó el otorgamiento de un derecho exclusivo para acceder y manejar ciertos stocks bentónicos confinados dentro de un área determinada. Esta iniciativa se basa en un modelo de comanejo, que representa una forma de conducción pesquera basada en derechos.

Los principales objetivos del PPD de San Juan de Marcona son:

Retos para la pesquería extractiva de invertebrados bentónicos en el mar peruano

Los principales retos a afrontar en la pesquería de extracción de invertebrados bentónicos en el mar peruano son:

  • Contrarrestar la tendencia a sobreexplotar
    Varios invertebrados bentónicos se han visto ya afectados debido a su sobreexplotación. Un claro ejemplo de ello es el choro, que, mediante la Resolución Ministerial 506-2018-PRODUCEPuedes consultar el decreto completo dándole click aquí., fue declarado por el Ministerio de la Producción como recurso hidrobiológico en recuperación. Asimismo, existen otros invertebrados cuya explotación escasamente controlada ha producido el agotamiento de algunas de sus poblaciones locales (también conocidas como stocks). Ese es el caso, por ejemplo, de las navajuelas, el chanque, las palabritas, el erizo, entre otros recursos.
  • Reducir los costos y conflictos asociados a la pesquería
    Debido a que hay menor abundancia de recursos bentónicos, los ingresos por faena han disminuido, y ello pone en riesgo la economía de pescadores dedicados a la extracción de recursos bentónicos. Asimismo, se intensifican los conflictos por el acceso a zonas para la extracción de dichos recursos.
  • Minimizar los riesgos a la salud y seguridad de los buzos durante su faena
    Por lo general, esta actividad se realiza con escasas medidas de seguridad para los buzos que extraen recursos bentónicos. Se ha registrado diversos casos de personas que han fallecido o sufrido lesiones graves, ya que cada año se sumergen a mayores profundidades. En muchas ocasiones, los buzos han descendido en el mar sin tener la experiencia y cuidados debidos. Todo esto como consecuencia de que cada vez resulta más difícil encontrar nuevos stocks de invertebrados bentónicos. Un ejemplo de ello es el caso del marisquero artesanal Alejandro Ramos, quien, en el 2013, en Pisco, sufrió una descompresión lenta tras subir muy rápido a la superficie, luego haber estado a 36 metros de profundidad. Otro caso, también lamentable, es el del joven marisquero Edgar Tocto, de 20 años, quien en agosto de 2019 falleció tras sufrir el síndrome de descompresión, luego de haber estado sumergido a una gran profundidad en la caleta de Parachique (Sechura, Piura).

Principales lineamientos de la propuesta del ROP de invertebrados marinos bentónicos

Para superar la situación expuesta y lograr un manejo sostenible de la pesquería de invertebrados bentónicos, Produce viene diseñando un Reglamento de Ordenamiento Pesquero (ROP) que regule su acceso y uso responsable. Si bien hasta el cierre de este informe aún no se ha prepublicado la propuesta del ROP, sobre la base de los talleres y reuniones sostenidas con actores de la sociedad civil, Produce ha adelantado algunos elementos que serían parte del reglamento, y los desarrollaremos a continuación:

  • El ROP regulará la extracción de invertebrados bentónicos solamente en el ámbito marino de la costa peruana.
  • Actualmente, cualquier pescador que tiene un permiso de pesca vigente puede extraer legalmente invertebrados bentónicos. Con el nuevo ROP, se creará un registro, en el que deberán inscribirse quienes se dediquen a la actividad de extracción de invertebrados bentónicos y quieran continuar haciéndolo legalmente. Para ingresar a dicha lista, el pescador deberá acreditar que se viene dedicando a la actividad de extracción de invertebrados bentónicos. Además, tanto pescadores embarcados como no embarcados (orilleros), que vayan a inscribirse, deberán contar con su permiso de pesca vigente.
    Los tripulantes y buzos que operen desde una embarcación no requieren contar con el permiso de pesca, pues basta con el permiso que está a nombre de la embarcación. En el caso del buzo embarcado, este debe contar con su patente de buzo otorgada por la Dicapi y estar inscrito en el registro.
    Ya sea un recolector de orilla o un buzo pulmonero, y que trabaje sin embarcación, solamente requerirá tener un permiso de pesca general para extraer invertebrados bentónicos y estar inscrito en el registro.
  • Desde la aprobación del nuevo ROP de invertebrados bentónicos, habrá un plazo para que los pescadores puedan registrarse. Durante el tiempo que dure la inscripción, los pescadores podrán seguir extrayendo invertebrados bentónicos como de costumbre, con su permiso de pesca general, hasta que se cierre el registro. Culminado dicho plazo, solo podrán realizar actividades de extracción quienes se encuentren inscritos en la lista y cuenten con los permisos respectivos vigentes. Cabe mencionar que el estar inscrito en dicho registro no genera una limitación para el aprovechamiento de especies que no sean invertebrados bentónicos.
  • En las áreas naturales protegidas solo se podrá extraer recursos bentónicos si la zonificación, la categoría del Área Natural Protegida (ANP) y el plan maestro lo permiten.
  • Es posible que la inscripción en el registro sea renovable y dure por un tiempo determinado. Para renovarla, el pescador debe demostrar que se ha dedicado a la actividad, por lo que corresponde presentar sus Registros de Desembarque. Así, irán saliendo del registro quienes no registren desembarques y los que no se dediquen a la actividad.
  • Si un pescador no llegó a registrarse, igualmente podrá trabajar a bordo de una embarcación dedicada a la extracción de invertebrados bentónicos, siempre que esta cuente con un permiso de pesca vigente. Un pescador podrá participar de la extracción de invertebrados bentónicos, siempre que obtenga su carné de pescador o patente de buzo, o ya sea que esté acreditado como tripulante o buzo de una embarcación, en reemplazo de algún buzo o tripulante que deje de trabajar.
    Para el caso de extractores orilleros y buzos pulmoneros, se necesitará reabrir el registro de extractores de invertebrados bentónicos, o que se permita la sustitución de alguno de los ya registrados que haya sido dado de baja. En primer lugar, es necesario ordenar el escenario y saber cuál es el verdadero esfuerzo pesquero que se ejerce sobre los stocks de invertebrados bentónicos, para luego determinar el real estado de explotación en el que se encuentran dichos stocks.
  • El ROP propone permitir que los pescadores se asocien para que implementen Planes de Extracción, y así puedan gestionar los stocks de invertebrados bentónicos en un área geográfica determinada y de una manera más responsable. Los Planes de Extracción ayudarán a formalizar los acuerdos internos que limitan el esfuerzo pesquero, como vedas, topes y otras medidas de autogestión.
    Los Planes de ExtracciónEl Plan de Extracción es el documento que fija los objetivos a alcanzar sobre los stocks que se quieren manejar. Contiene las medidas de manejo que deben ser aplicadas y las circunstancias en las que dichas medidas deben ser modificadas. se implementarán en áreas que hayan sido declaradas por el Ministerio de la Producción como “Zonas de Reserva”, según su importancia y debido a que los pescadores de la zona ya vienen trabajando de manera conjunta en el cuidado y manejo responsable de los recursos bentónicos. Los pescadores asociados que participen en los Planes de Extracción tendrán acceso exclusivo para extraer los recursos mencionados en dichas zonas, es decir, habrá una “exclusividad colectiva”.
    En este plan puede contemplarse reglas más restrictivas que las incluidas en la normativa actualmente vigente.
    El Plan de Extracción debe contener los mecanismos de ordenación pesquera, además de fijar las cuotas de extracción, los límites de esfuerzo, la delimitación de las áreas, así como las medidas de reporte, monitoreo y supervisión. El objetivo de este plan es mantener los stocks de invertebrados bentónicos en las mejores condiciones de conservación posibles. La fiscalización del cumplimiento del Plan de Extracción estará a cargo del Ministerio de la Producción.
    Para la implementación de los Planes de Extracción, los pescadores podrán hacer alianzas con universidades, expertos y organizaciones que den apoyo.
  • En cuanto Produce verifique la importancia de la zona para la conservación de stocks de invertebrados bentónicos, así como el interés de pescadores bien organizados que desean manejar dicho espacio, establecerá Zonas de Reserva Pesquera mediante una resolución ministerial.
    En caso de encontrar extracción furtiva de recursos bentónicos dentro de las Zonas de Reserva Pesquera con Planes de Extracción, ese hecho podrá ser denunciado a las autoridades, quienes, en cumplimiento de un mandato legal, deberán actuar. En el caso de que la extracción ilegal sea realizada por pescadores miembros de la organización gestora del Plan de Extracción, estos podrán ser excluidos si así llegan a establecerlo en sus acuerdos internos. Si un pescador ingresa a una Zona de Reserva Pesquera a extraer mariscos, sin estar inscrito en el registro de extractores de invertebrados bentónicos o sin ser parte del Plan de Extracción, estará cometiendo una infracción.
  • El ROP contemplará que las actividades de extracción se realicen sin modificar las condiciones bioecológicas del fondo marino, espacio donde habita la comunidad de organismos bentónicos. Cabe recordar que, en nuestro país, la extracción de dichos recursos se hace de forma manual, salvo algunos casos en los que se emplea instrumentos como cuchillas o ganchos.
  • El Reglamento de Ordenamiento Pesquero de invertebrados bentónicos incluirá nuevas infracciones al Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas y al Reglamento de la Ley General de Pesca. Es así que el Gobierno Regional correspondiente podrá multar, decomisar los recursos extraídos y confiscar el arte o equipo de pesca.

Cita sugerida

Monteferri, B. (2021). Invertebrados bentónicos marinos. En: Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, Wikipesca Perú. Plataforma colaborativa sobre la pesca en el Perú. Recuperado de: https://www.mardelperu.pe/pesca/7/pesqueria-bentonicos

Redacción de la sección: Bruno Monteferri

Consejo editorial de esta sección: Ricardo Bandín y Matías Caillaux

Edición de textos: Ricardo Muñoz

Cita general: Sociedad Peruana de Derecho Ambiental – SPDA (2019). Wikipesca Perú. Plataforma colaborativa sobre la pesca en el Perú. Recuperado de: https://www.alamar.pe/mardelperu/wikipesca/

Referencias bibliográficas

  • Caillaux, M. (2019). Invertebrados bentónicos. Presentación realizada en el Curso de Especialización en Derecho Pesquero de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental.
  • Moreno, A. y Revenga, C. (2014). The System of Territorial Use Rights in Fisheries in Chile. The Nature Conservancy, Arlington, Virginia, USA. 88 pp. Disponible en: https://www.nature.org/media/chile/system-of-TURFs-in-Chile.pdf
  • Nakandakari, A. (2016). Experiencias de autogestión y comanejo de pesquerías costeras en el Perú: una revisión institucional. The Nature Conservancy. Informe del Taller sobre la gobernanza del sector pesca y acuicultura en la Región Lima. Concejo Departamental Lima. Colegio de Ingenieros del Perú, 52-55.